Que es el Régimen Legal de Bogotá
1. Los actos administrativos de carácter general y los de carácter particular con incidencia directa o indirecta para el Distrito Capital independientemente que estén contenidos en resoluciones, directivas, circulares o instructivos y, sin perjuicio de que dichos documentos sean publicados en cada una de las páginas web de las entidades distritales.
2. Conceptos proferidos por las Oficinas Jurídicas, así como aquellos que sean emanados por entidades nacionales o por órganos consultivos que tengan incidencia para el Distrito Capital.
3. Los acuerdos conciliatorios celebrados ante la Procuraduría General de la Nación, la Jurisdicción Ordinaria o de lo Contencioso Administrativa o en sede de Mecanismos Alternativos de Solución de Conflictos distintos a los primeros, deberán allegarse por parte de las Oficinas Jurídicas y/o los Comités de Conciliación siempre que se encuentren debidamente aprobados y/o ejecutoriados.
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